Julio Osegueda fue invitado al set televisivo de 33 Te Escucha, para explicar las implicaciones de ley que podría acarrear una persona que se vea involucrada en un accidente vial y que conduzca bajo los efectos de bebidas alcohólicas.
Josué Hernández
La Palabra Universitaria
Las consecuencias legales por conducción en estado de ebriedad ha sido el tema que ocupó la agenda recientemente en el espacio de entrevistas televisivas, 33 Te Escucha, en el que participó como panelista el abogado y notario, Julio Osegueda.
El experto indica que los accidentes de tránsito se dan día a día, causados por múltiples factores; sin embargo, una de las principales causas es la conducción en estado de ebriedad, que deja como consecuencia desde daños materiales hasta pérdidas humanas, mismos que aumentan considerablemente los fines de semana.
Osegueda explica que en El Salvador la ley de conducción está estructurada por un tratamiento administrativo, que tiene que ver con la ley de tránsito; pero, también, un tratamiento penal porque “la acción de conducir es una actividad regulada, es decir, el Estado nos da permiso para poder realizarla y como toda actividad regulada deben cumplirse ciertos parámetros de seguridad, explica.
Al mismo tiempo indica que esos parámetros de seguridad están relacionados a la integridad, tanto de la persona que conduce, como de las personas que están alrededor de ésta. “Por ello en la ley encontramos el concepto de la conducción temeraria, que se refiere a conducir sin cumplir con las medidas de seguridad, sin tener en cuenta la seguridad propia y de las personas que nos rodean”, explica el abogado.
De la misma manera amplió que, una de esas formas de incumplir esas medidas de seguridad, es conducir en estado de ebriedad.
Osegueda explica que todo aquel conductor que se ve involucrado en un incidente vial bajo los efectos de bebidas embriagantes puede acarrear tres consecuencias legales: la primera de ellas es administrativa, “porque una persona que conduzca en estado de ebriedad va a ser acreedora a una multa por generar una situación de peligro; del mismo modo, si fue el causante directo del accidente, le generará una segunda multa por esa responsabilidad, lo que implica que por causas administrativas serán dos multas”, explica el experto.
La segunda implicación legal en el mismo accidente, será de causa civil, que acarrea una multa valorada sobre los daños que el conductor responsable haya causado a otro vehículo, a un inmueble o cualquier otro tipo de estructura.
Y finalmente, explica el abogado, existirá una tercera consecuencia legal, misma que será determinada bajo las imputaciones penales que podría implicarle al conductor responsable. “Si en el accidente hubo fallecidos será imputado por homicidio culposo; otro delito imputado será el de la conducción temeraria, que podría implicarle hasta 8 años de cárcel”, explica.